PROYECTO PUENTE

Congreso de Nuevo León amplía legítima defensa en lugares de trabajo y negocios

19/12/2019 - 2:17 am

La iniciativa aprobada modificó el artículo 17 del Código Penal del Estado, para ampliar los alcances de la legítima defensa que los ciudadanos tenían para proteger su integridad, familia y patrimonio en su domicilio, a los comercios y sitios de trabajo, a fin de que no se les procese por lesiones u homicidio cuando se demuestre que actuaron en defensa propia, según informaron medios nacionales.

Nuevo León, 19 de diciembre (Proyecto Puente).– El Congreso de Nuevo León aprobó ampliar el concepto de “legítima defensa”, para quien lesione o prive de la vida en defensa de su integridad, su familia o patrimonio, ya no solo en su domicilio, sino también en su negocio o lugar de trabajo.

Con el voto en contra de la bancada del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), la propuesta promovida por el Partido Acción Nacional (PAN) obtuvo el voto a favor de 28 legisladores del PAN, Partido Revolucionario Institucional (PRI), Partido del Trabajo (PT), Movimiento Ciudadano (MC), Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y el Partido Nueva Alianza;

Rechazaron el dictamen los siete diputados de Morena y Claudia Tapia que tras renunciar a dicho partido formó la fracción Independiente Progresista.

La iniciativa aprobada modificó el artículo 17 del Código Penal del Estado, para ampliar los alcances de la legítima defensa que los ciudadanos tenían para proteger su integridad, familia y patrimonio en su domicilio, a los comercios y sitios de trabajo, a fin de que no se les procese por lesiones u homicidio cuando se demuestre que actuaron en defensa propia, según informaron medios nacionales.

El 29 de mayo de 2017, la anterior legislatura local, aprobó una iniciativa de reforma al mismo artículo 17 del Código Penal, presentada por el panista Marcos Mendoza, donde se declara inimputable a la persona “que lesione o privare de la vida a un intruso que sea sorprendido en su hogar, donde se encuentra su familia, aunque no sea su hogar habitual, en un local donde tenga bienes, o donde haya bienes ajenos que tenga la obligación legal de defender, siempre que el intruso ejerza violencia sobre las personas o las cosas que se hallen en tales sitios”.

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